El testamento vital en Madrid, es el documento en el que una persona deja constancia escrita de su voluntad con relación a los tratamientos médicos a los que desea someterse o no, en caso de enfermedad, llegado el momento en que no pueda expresarse por sí misma.
También puedes decidir en él sobre el destino de tu cuerpo o de tus órganos una vez fallecido.
En Madrid se redacta a través de un documento de instrucciones previas.
Testamento Vital en Madrid. ¿Qué debo hacer para otorgarlo?. Lee este post.??? Clic para tuitear¿Qué es el documento de Instrucciones Previas?
Con el documento de Instrucciones Previas, es el nombre que se da al testamento vital en Madrid.
Es el documento una persona manifiesta anticipadamente su voluntad sobre el cuidado y tratamiento de su salud o el destino de su cuerpo, para que esa voluntad se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarla personalmente.
¿Qué aspectos se regulan en el testamento vital?
El testamento vital NO tiene un contenido económico, es decir, en él no nombramos herederos ni disponemos de nuestros bienes.
Solo contiene las preferencias sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que deseas recibir para que se cumplan en el momento en que no tengas capacidad para expresarlas personalmente
En el testamento vital se puede:
- Dar instrucciones y fijar límites sobre los cuidados médicos que desea recibir o no, en el supuesto de padecer una enfermedad irreversible (que no tenga curación) o terminal (que le va a provocar el fallecimiento con toda probabilidad)
- Llegado el momento de su fallecimiento, si desea ser enterrado o incinerado.
- Si quiere donar sus órganos cuando fallezca.
- Quién es el representante autorizado para ayudar a interpretar, en su caso, las instrucciones contenidas en el documento y para tomar las decisiones que corresponda, cuando no se hayan previsto.
En definitiva el testamento vital permite a una persona establecer las decisiones asistenciales que tomarán los profesionales de la Salud.
Éstas instrucciones han de ser respetadas por los médicos en todo caso.

¿Quién puede otorgar el testamento vital en Madrid?
¿Quiénes pueden otorgar un Testamento Vital en Madrid?
- Los que hayan alcanzado la mayoría de edad.
Los mayores de 16 y menores de 18 años pueden hacerlo si están emancipados, es decir, si ya no están sujetos a la patria potestad de sus padres. - Además, se requiere que puedan expresarse de forma libre, es decir, sin coacciones.
- Y siempre que se encuentren en el pleno uso de sus facultades mentales.
- Las personas incapacitadas judicialmente pueden otorgar un Testamento Vital siempre y cuando la sentencia no lo prohíba expresamente y si se encuentran con capacidad en el momento de hacerlo.
¿Cómo se tramita el testamento vital en Madrid?
El testamento vital debe hacerse siempre por escrito
Además será necesario los siguientes requisitos:
- Otorgarlo ante tres testigos.
- En las unidades administrativas y en los servicios de atención al paciente de las instituciones y centros sanitarios y socio-sanitarios, públicos y privados.
- Igualmente los pacientes de manera excepcional y en un contexto de riesgo vital podrán manifestar sus instrucciones previas en cualquier soporte que de forma fehaciente exprese su libre e inequívoca voluntad. En este supuesto, dicha voluntad deberá incorporarse en la historia clínica y será precisa la firma del médico y del enfermero responsable de dicha atención.

¿Qué documentación necesito?
Es necesario rellenar la siguiente documentación:
- Solicitud de Inscripción. Descargar pdf
- Designación de Representante Interlocutor. Descargar pdf
- Inscripción en el Registro de Instrucciones Previas. Descargar pdf
- Declaración de Veracidad de los Datos. Descargar pdf
- Declaración de los Testigos. Descargar pdf
- Declaración de Aceptación Representante o Interlocutor. Descargar pdf
- Declaración de Renuncia Representante Interlocutor. Descargar pdf
¿Puedo cambiar o anular mi Testamento Vital?
Sí. Lo declarado en el documento de ultimas voluntades puede modificarse en cualquier momento.
Para ello, hay que volver a otorgar un nuevo documento, siguiendo el mismo procedimiento por el que se constituyó el anterior, que quedará sin efecto.
También se puede anular. En este caso, hay que tener la precaución de recuperar y destruir el documento original y todas las copias que se hayan entregado a las personas de confianza. Y es recomendable hacérselo saber a los testigos, en el caso de que los hubiese.
Deberá rellenar la siguiente documentación:
- Solicitud de Inscripción de la Revocación Documento. Descargar pdf
- Solicitud de Inscripción de la Sustitución Documento. Descargar pdf
- Solicitud de Inscripción de la Modificación Documento. Descargar pdf
¿Qué, NO puede incluirse en el Testamento Vital?
Hay que tener en cuenta que el personal sanitario:
- No puede llevar a cabo actuaciones que sean contrarias a la ley, como la eutanasia activa.
- Tampoco puede realizar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, esto es, al conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto.
- Deberá respetar las preferencias manifestadas, siempre y cuando sean acordes a su criterio profesional.
¿Dónde debo inscribir mi Testamento Vital en Madrid?
En el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad Autónoma de madrid.
Debes rellenar el siguiente formulario.
Inscripción en el Registro de Instrucciones Previas. Descargar pdf
Además, a fin de asegurar que las Instrucciones Previas otorgadas por los pacientes sean conocidas en todo el territorio nacional, existe un Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), donde se depositan todos los documentos remitidos por los registros autonómicos.
¿Cuándo se aplicará mi Voluntad Vital Anticipada?
Sólo se aplicará cuando usted ya no pueda tomar decisiones.
Asi por ejemplo si esta inconsciente o en coma.
Mientras usted tenga un mínima capacidad para comunicarse el personal sanitario respetará siempre sus decisiones.
¿Dónde debo acudir para hacer mi testamento vital en Madrid?
Puede otorgar, previa cita, el documento de Instrucciones Previas en los hospitales públicos y privados de la Comunidad de Madrid, así como en los Centros de Salud que se detallan a continuación:
Listado de Centros de Salud autorizados para el otorgamiento y solicitud de registro
- Centro de Salud Algete tlf: 91 628 22 86
- Centro de Salud Ángela Uriarte tlf: 91 785 10 30
- Centro de Salud Aranjuez tlf: 91 892 25 48
- Centro de Salud Argüelles tlf: 91 559 02 23/ 91 559 48 98
- Centro de Salud Arroyo de la Vega tlf: 91 484 11 49
- Centro de Salud Barajas tlf: 91 329 17 67
- Centro de Salud Brújula tlf: 91 677 23 35
- Centro de Salud Cerro Almodóvar tlf: 91 331 18 36
- Centro de Salud Cerro del Aire tlfs: 91 639 03 19/ 91 639 60 61
- Centro de Salud Ciempozuelos tlf: 91 892 26 18
- Centro de Salud Colmenar de Oreja tlf: 91 894 44 20
- Centro de Salud Colmenar Viejo Sur tlf: 91 845 12 12
- Centro de Salud Cuzco tlf: 91 606 46 88
- Centro de Salud Daroca tlf: 91 355 30 04
- Centro de Salud Dos de Mayo tlf: 91 613 46 21
- Centro de Salud Dr. Cirajas tlf: 91 322 15 40
- Centro de Salud Fuencarral tlf: 91 729 34 71
- Centro de Salud El Molar tlf: 91 841 11 11
- Centro de Salud Espronceda tlfs: 91 399 37 42/ 91 399 41 49
- Centro de Salud Francia tlf: 91 608 42 15
- Centro de Salud Galapagar tlfs: 91 858 10 29/ 91 858 19 82
- Centro de Salud Gandhi tlf: 91 304 39 27
- Centro de Salud Griñón tlf: 91 814 12 84
- Centro de Salud Jaime Vera (Coslada) tlf: 91 673 78 15
- Centro de Salud Juan de Austria tlf: 91 882 13 14/ 91 882 13 32
- Centro de Salud Juan de la Cierva tlf: 91 682 31 99
- Centro de Salud Juncal tlf: 91 676 60 12
- Centro de Salud La Princesa tlf: 91 664 10 75
- Centro de Salud La Rivota tlf: 91 641 68 12
- Centro de Salud Las Águilas tlf: 91 705 91 00
- Centro de Salud Las Américas tlf: 91 605 49 32
- Centro de Salud Las Calesas tlf: 91 500 12 47/ 91 500 11 94
- Centro de Salud Las Cortes tlf: 91 369 04 91
- Centro de Salud Las Rozas-El abajón tlfs : 91 637 72 55/ 91 637 65 30
- Centro de Salud Legazpi tlf: 91 506 23 26
- Centro de Salud Los Alpes tlf: 91 775 91 09
- Centro de Salud Los Ángeles tlf: 91 797 25 09/ 91 797 62 79
- Centro de Salud Lucero tlf: 91 479 85 13
- Centro de Salud Manzanares el Real tlf: 91 853 07 89
- Centro de Salud Mar Báltico tlf: 91 381 48 66
- Centro de Salud María Ángeles López Gómez tlf: 91 481 07 21
- Centro de Salud Mejorada del Campo tlf: 91 679 14 22
- Centro de Salud Miguel de Cervantes tlf: 91 802 96 57/ 91 802 96 59
- Centro de Salud Miguel Servet tlf: 91 611 13 47
- Centro de Salud Miraflores tlf: 91 653 89 00
- Centro de Salud Mirasierra tlfs: 91 376 74 69/ 91 376 74 51
- Centro de Salud Montesa tlf: 91309 08 64
- Centro de Salud Navalcarnero tlf: 91 811 05 55
- Centro de Salud Navas del Rey tlf: 91 865 05 86
- Centro de Salud Nuestra Señora de Fátima tlf: 91 525 56 43/91 525 37 59
- Centro de Salud Nuñez Morgado tlfs: 91 323 47 67/ 91 733 39 05
- Centro de Salud Pacífico tlf: 91 501 70 65
- Centro de Salud Panaderas tlf: 91 615 06 99
- Centro de Salud Parque de Europa tlf: 91 691 53 12
- Centro de Salud Peña Prieta tlf: 91 501 40 40
- Centro de Salud Perales de Tajuña tlf: 91 874 90 90
- Centro de Salud Potosí tlf: 91 457 09 76
- Centro de Salud Rafael Alberti tlf: 91 390 99 00
- Consultorio de San Agustín de Guadalix tlf: 91 843 52 48
- Centro de Salud San Carlos tlf: 91 890 74 14/ 91 890 74 13
- Centro de Salud San Juan de la Cruz tlfs: 91 352 47 47/ 91 352 47 63
- Centro de Salud San Martín de la Vega tlf: 91 894 53 04
- Centro de Salud Santa Isabel tlf: 91 693 12 12
- Centro de Salud Santa Mónica tlf: 91 499 06 20
- Centro de Salud Sector III tlf: 91 682 43 43
- Centro de Salud Sierra de Guadarrama tlfs: 91 849 71 36/ 91 849 71 37
- Centro de Salud Silvano tlf: 91 381 48 66
- Consultorio de Torrejón de la Calzada tlf: 91 816 90 96
- Centro de Salud Torrelaguna tlf: 91 843 12 36 (mañanas)
- Centro de Salud Valdebernardo tlf: 91 301 62 90
- Centro de Salud Valdemoro tlf: 91 895 50 00
- Centro de Salud Valle de la Oliva tlfs: 91 679 59 63/ 91 679 59 64
- Consultorio de Velilla de San Antonio tlf: 91 660 71 65
- Centro de Salud Villanueva de la Cañada tlf: 91 815 51 44
- Centro de Salud Villaviciosade Odón tlf: 91 616 21 95
AVISO
Debido a la situación epidémica, temporalmente se suspende el servicio de otorgamiento de Instrucciones Previas en los Centros de Salud y Servicios de Atención al paciente de los Hospitales.
Si un paciente desea otorgar Instrucciones Previas durante la hospitalización, puede realizarlo de acuerdo a la Ley 4/2017 de Derechos y Garantías de las Personas en el Proceso de Morir, incorporándose dichas instrucciones en la historia clínica, y siendo precisa la firma del profesional médico y enfermero responsable de la atención. La dirección del centro lo notificará al Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid.