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¿Qué personas deberían hacer testamento?

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A menudo me dicen: “me da “yuyu” hacer testamento”, ¿crees que debería hacerlo?. Claro que sí, hacer testamento es muy sencillo, no hará que mueras antes y ayudará mucho a los que se queden aquí cuando tu no estes.

Además hay ciertas personas a las que lo recomiendo especialmente en función de sus circunstancias.

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¿Qué personas deberían hacer testamento?

Como he dicho en anteriores artículos, hacer testamento es un acto jurídico muy sencillo y económico que puede evitar muchos problemas a nuestros sucesores el día en que faltemos, nos permitirá disponer nuestra última voluntad y no nos obliga a nada pues puede ser modificado en vida cuantas veces deseemos. 

Parece que a veces da “mal rollo” hablar de ello, sin embargo no debería ser asi. Nunca sabemos que puede pasarnos ni cuándo, y dejar el futuro organizado es un acto de generosidad hacia los nuestros sobre todo.

Ahora bien, hay además determinadas situaciones en las que lo recomiendo especialmente hacer testamento, por los problemas que pueden generarse a nuestro fallecimiento si no lo tenemos todo previsto.

¿Quiénes deben hacer testamento?

Personas con hijos menores

deberían hacer testamento las personas con hijos menores

Si fallecen ambos padres, muchas veces las familias pugnan por cuidar de los menores por lo que se pueden provocar enfrentamientos

Imaginemos el desgraciado caso en que fallecen ambos progenitores en un accidente de tráfico por ejemplo.

En el peor de los casos a veces ocurre que ningún familiar puede hacerse cargo de los menores y pueden terminar en familias adoptivas ajenas a la familia.

Podrás nombrar a la persona que tú quieras como tutor legal para que a tus hijos no les falte nunca de nada. En este caso el juez deberá respetar el tutor nombrado por los padres pues a ello le obliga el art 223 del Código Civil.

Los padres podrán en testamento o documento público notarial nombrar tutor, establecer órganos de fiscalización de la tutela, así como designar las personas que hayan de integrarlos u ordenar cualquier disposición sobre la persona o bienes de sus hijos menores o incapacitados

Asimismo podrás nombrar incluso un administrador de sus bienes.

Personas sin hijos

Tanto si tienes pareja como si no, podrás proteger a los tuyos.

Proteger a tu pareja

¿Qué personas deberían hacer testamento?

Hay muchas posibilidades para proteger jurídicamente a tu pareja en caso de fallecimiento:

  • Si tienes pareja pero no estáis casados podrás hacerla beneficiaria de tu herencia, respetando la legítima.
  • Si estáis casados podrás prever la liquidación de tu régimen de gananciales.
  • Si tienes hijos de anteriores matrimonios podrás organizar la sucesión para que no haya conflictos entre ellos.
  • Además podrás otorgar el llamado “testamento del uno para otro” y así dejar a tu cónyuge el disfrute de todos tus bienes.
  • Puedes proteger vuestra vivienda habitual.

Proteger a tus padres

¿Qué personas deberían hacer testamento?

Imagina que has recibido donaciones de tus padres, o alguna joya de valor sentimental, a través de tu testamento podrás organizar para después de tu muerte bienes que hubieras recibido de tus ascendientes en vida y decidir que vuelvan a ellos.

Imagina que construisteis tu casa en un terreno de tus padres, podrás organizar el pago de su valor.

Podrás saber que bienes les corresponden a ellos y cuáles a tu cónyuge por ley y disponerlo en tu testamento.

Si hay una empresa familiar puedes organizar el reparto de tus acciones.

Ademas podrás evitarles problemas fiscales.

Igualmente si de trata de mayores dependientes, al igual que en el caso de los hijos menores, podrás nombrarles un tutor legal que se haga cargo de ellos para garantizar su bienestar.

¿Has recibido una joya de tu madre y no quieres que a tu fallecimiento se la queden las hijas de tu pareja?, ¿quieres que queden en tu familia?Lee este post y sabrá cómo hacerlo.??? Clic para tuitear

Personas divorciadas

deben hacer testamento las personas divorciadas

Tras el divorcio se pierden los derechos a la legítima que tiene el cónyuge viudo por disponerlo asi el art 834 del Código Civil:

El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste legalmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora”.

Tampoco tiene derecho alguno si no se ha hecho testamento, es decir en caso de sucesión intestada porque lo establece el art 945 del CC

No tendrá lugar el llamamiento a que se refiere el artículo anterior si el cónyuge estuviere separado legalmente o de hecho”

Sin embargo si que puede tener derechos si no se ha llevado a cabo la liquidación de la sociedad de gananciales tras el divorcio.

Es frecuente que tras un divorcio no se lleve a cabo la liquidación de la sociedad de gananciales del matrimonio. Con el asesoramiento adecuado, podremos tener previstos que parte de sus bienes quedarán para el anterior cónyuge por ser gananciales e incluso cúales responden de deudas del anterior matrimonio (hipotecas por ejemplo, vehículos que aún se están pagando..) y dejarlo organizado en el testamento.

Personas con mascotas

¿Qué personas deberían hacer testamento?

El Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, en su exposición de motivos propone y establece una consideración de los animales como “seres sintientes”.

En el ámbito del Derecho de Familia a nadie extrañan ya los convenios reguladores y sentencias que fijan un régimen de visitas para los animales domésticos de la familia, por ello es lógico también pensar en quien debe cuidar de ellos tras nuestro fallecimiento.

Las posibilidades son muchas, desde encomendar su cuidado a alguien de nuestra confianza hasta dejar asignado en testamento una cantidad que para que alguna asociación se encargue de su cuidado.

Personas con deudas

personas con deudas deben hacer testamento

Una de las cosas mas temidas es dejar deudas al fallecimiento de las que deban hacerse cargo los hijos. A través del testamento puedes igualmente aportar soluciones en este caso:

  • Si tienes una hipoteca sobre tu vivienda habitual, puedes buscar soluciones para no dejar esa carga a los tuyos
  • Si tienes una empresa puedes organizar el reparto de tus acciones, dejar encomendada su gestión, etc
  • Puedes preveér la liquidación de tu sociedad de gananciales.
  • Igualmente puedes organizar la liquidación fiscal para evitar que tengan que renunciar a su herencia por no poder pagar los impuestos.
  • Podrás nombrar a una persona para que administre sus bienes.

En definitiva si como ya he dicho siempre es bueno otorgar testamento para organizar nuestra sucesión, en casos como los indicados los es aún mas.

Desde TodoSobreHerencias, podemos asesorarle sobre la mejor forma de hacerlo con absoluta confidencialidad, no dudes en pedirnos ayuda, por muy poco tendrás la tranquilidad de dejarlo todo organizado.

Abogada experta en herencias Granada

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Written by María José Arcas-Sariot

Hola, mi nombre es María José Arcas-Sariot Jiménez y soy abogada especializada en Derecho de sucesiones desde 1997.
¡Bienvenido a mi blog especializado en Testamentos y Herencias!

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