¿Qué es la apostilla?. La apostilla es un trámite administrativo que consiste en colocar sobre un documento público una Apostilla, es decir una anotación que certificará su autenticidad. 🇪🇺🇪🇺🇪🇺
La Apostilla es en definitiva un sistema de legalización de documentos, para garantizar la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961.
Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación, es decir, una vez que el documento tiene apostilla sirve en todos los países que han firmado el Convenido porque lleva un sello de autenticidad.
¿Qué es la apostilla?. La apostilla es un trámite administrativo que consiste en colocar sobre un documento público una Apostilla, es decir una anotación que certificará su autenticidad.🇪🇺🇪🇺🇪🇺 Clic para tuitear¿Qué países han firmado el Convenio de la Haya?
Para saber los países firmantes del Convenio y en los que un documento apostillado surtirá todos sus efectos pincha el enlace.
Listado de los Estados firmantes del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 (PDF. 51 KB), elaborado por el Ministerio de Justicia a partir del propio Convenio.

¿Qué documentos pueden apostillarse?
1.-Documentos judiciales
Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
2.-Documentos administrativos.
Tipo Documento | Reconocimiento Previo de firma por | Dirección |
Títulos y Certificados de Estudios Universitarios Oficiales. | Mº de Educación, Cultura y Deporte y Altas Inspecciones de Educación en las Comunidades Autónomas (sólo en algunos casos, consultar enlace). | Paseo de la Castellana, 162 – Madrid, y direcciones de las Altas Inspecciones de Educación en las Comunidades Autónomas. |
Títulos y Certificaciones académicas oficiales no universitarias. | Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas. | Consultar en página web de la Consejería de Educación competente. |
Documentos de la Agencia Tributaria. | Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. | C/ Alcalá 7-9, Madrid. |
Documentos Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal y de las Entidades de la Seguridad Social (tales como reconocimiento de desempleo, vida laboral, etc.). | Ministerio de Empleo y Seguridad Social. | Paseo de la Castellana, 65, Madrid. |
Documentos no educativos de las Comunidades Autónomas. | En algunos casos, como la Comunidad de Madrid, es preciso el reconocimiento previo de firma por la Consejería de Presidencia. | Para documentos de la Comunidad de Madrid, C/ Carretas, 4. |
Documentos de Entidades Locales (tales como certificados de empadronamiento). | No es preciso el reconocimiento previo de firma, siempre que esté firmado por una autoridad cuya firma conste en el sistema informático de apostilla del Ministerio de Justicia, a excepción del Ayuntamiento de Madrid, que requiere, en todo caso, reconocimiento previo de firma. | Para documentos del Ayuntamiento de Madrid: C/ Montalbán, 1, Madrid. |
Documentos consulares (en sus funciones de Registro Civil o Notaría). | Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. | C/ Pechuán, 1, Madrid. |
Certificados de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. | Encargado del Registro Mercantil (para los Registros de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia) o Decano Presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles de España. | Calle Diego de León, 21, Madrid. |
Documentos AENA, Marina Mercante, Pilotos de Vuelo, o tripulante de barcos. | Ministerio de Fomento. | Paseo de la Castellana, 67, Madrid. |
Documentos Bancarios. | Departamento de cuentas Corrientes del Banco de España. | C/ Alcalá, 48, Madrid. |
Documentos emitidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. | Ministerio del Interior. | C/ Amador de los Ríos, 7, Madrid. |
Documentos de la Dirección General de Tráfico. | Ministerio del Interior o Dirección General de Tráfico. | C/ Amador de los Ríos, 7, Madrid o C/ Josefa Valcárcel, 28, Madrid, respectivamente. |
Otros. | Consultar en el Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia. | 902 007 214 / 918 372 295 |
3.-Certificaciones oficiales
Las certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado, pueden apostillarse.
Documentos que NO necesitan apostilla
La Apostilla, sin embargo, no se aplicará a:
- Documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
- Documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
- Documentos que, en aplicación de otros Convenios Internacionales, estén exentos de ser legalizados o apostillados.
- Certificados negativos de antecedentes penales de ciudadanos españoles que vayan a surtir efectos en otros Estados de la Unión Europea y documentos sobre ciudadanos españoles expedidos por los Registros Civiles españoles, incluidos los consulares, que vayan a surtir efectos en otros Estados de la Unión Europea.
Documentos de herencia que necesitan apostilla
Para los trámites de herencias también hay algunos documentos que necesitan apostilla. En aquellos casos en que se trate de la herencia de ciudadanos europeos, hay determinados documentos en los que se necesita apostilla para que surtan efectos en otro país.
Los documentos expedidos en un Estado miembro en el marco del Rgto UE 650/2012 art.75 se rigen por lo siguiente:
- Los testamentos y en general títulos mortis causa NO se apostillan.
- Los certificados de últimas voluntades deben apostillarse.
- Los certificados de fallecimiento NO precisan apostilla si son multilingüe, es decir, proceden de un Estado que haya ratificado el Convenio de Viena 8-9-1976 , sean o no Estados miembros, como ocurre con Suiza.
- Los documentos procedentes del Registro civil y demás que indica su ámbito de aplicación NO se apostillan.
Salvo esta precisión, los documentos sucesorios que proceden de otro país, incluido Reino Unido, Irlanda o Dinamarca, precisan de apostilla.
Documentos emitidos con firma electrónica
Los documentos con algún tipo de firma electrónica requieren para su apostillado de unos desarrollos informáticos que hasta el momento no están disponibles en el Ministerio de Justicia.
Por esta razón, para realizar el trámite de apostilla de documentos digitales es necesario presentar el documento con firma manuscrita del emisor.
¿Quién puede solicitar la apostilla?
Puede solicitar la Apostilla de la Haya cualquier portador de un documento público cuya autenticidad desee certificar.
¿Dónde se puede acudir para apostillar un documento?
Según lo indicado en el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961, se puede acudir para apostillar un documento a los siguientes lugares:
- Documentos Públicos Administrativos (algunos documentos administrativos precisan de reconocimiento previo de firma), y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil), el ciudadano podrá dirigirse, a su elección, a cualquiera de las Autoridades Competentes mencionadas a continuación:
- Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario:
- Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo:
- Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quién ellos deleguen.
¿Cuánto cuesta la apostilla?
El coste no es muy elevado aunque siempre depende del documento para el que se solicita la Apostilla. No obstante suele rondar los 20€.
Para más información puedes seguir este enlace del Ministerio de Justicia: Apostilla Ministerio Justicia, o a través de la Oficina Central de Atención al Ciudadano de dicho Ministerio.
Modelos
Para descargarte los modelos de apostilla, pincha los ENLACES:
- Modelo solicitud de Apostilla de la Haya e instrucciones.
- Modelo Apostilla hasta 6-6-2017
- Modelo Apostilla desde 7-6-2017