Impuestos en la venta de herencia. ¿Qué impuestos debo pagar si vendo mi herencia? Conoce la fiscalidad de la venta de herencia.
La venta de herencia o venta de derechos hereditarios engloba dos negocios jurídicos simultáneos que deben tributar a Hacienda.
En primer lugar, la adquisición de la herencia por el que la vende ya que el art 1000.1º del Código Civil lo contempla como un supuesto de aceptación tácita de la herencia, es decir por el mero hecho de vender tu derecho a la herencia se entiende que la has aceptado.
En este sentido, los efectos de la aceptación se retrotraen al momento del fallecimiento de la persona a quien se hereda.
En segundo lugar, la venta, cesión o renuncia del derecho hereditario a favor de persona determinada.
Es importante tener en cuenta ambos para ver el coste fiscal real de la venta de los derechos hereditarios. Sigue leyendo te explicamos los impuestos en la venta de herencia.
¿Qué impuestos debo pagar si vendo mi herencia? Conoce la fiscalidad de la venta de herencia.💶💶💶#ventaherencia #impuestosventaherencia #impuestosherencia Clic para tuitear¿Qué impuestos debo pagar en la venta de herencia?
En los supuestos de venta de herencia hay que distinguir por un lado los impuesto para el heredero que vende o cede su derecho hereditario y los impuestos para el que compra.
1.-Impuestos para el heredero que vende sus derechos hereditarios
A su vez el heredero que vende su derecho a la herencia debe diferenciar entre:
- A.- El valor de los bienes que se declara a efectos del impuesto de sucesiones al adquirir la herencia por aceptación tácita
- B.- El precio de venta o cesión del derecho hereditario, que puede ser diferente.
La adquisición de la herencia por el que vende la herencia.
El heredero que vende la herencia debe pagar el Impuesto de Sucesiones.
El art 1000.1 de Código Civil lo contempla como un supuesto de aceptación tácita de la herencia, es decir al vender la herencia se entiende que la has aceptado:
Artículo 1000.
Entiéndese aceptada la herencia:
1.º Cuando el heredero vende, dona o cede su derecho a un extraño, a todos sus coherederos o a alguno de ellos.
Art 1000.1º CC
Así la base imponible sobre la que se calcula el impuesto de sucesiones está constituida por el «valor neto de la adquisición individual» de acuerdo con el artículo 9.a) de la LISD.
En definitiva el obligado al pago es el heredero.
Si quieres saber mas sobre CUANTO SE PAGA A HACIENDA POR UNA HERENCIA PINCHA EL ENLACE
Impuestos en la venta de herencia
Por otra parte al vender la herencia se realiza un contrato que también tributa a Hacienda.
Si la base imponible a efectos del impuesto de sucesiones está determinado por el valor de la adquisición individual, el precio de venta es un valor distinto.
El precio de venta o cesión del derecho hereditario es un concepto diferente al del valor de la adquisición individual del heredero a efectos del impuesto de sucesiones, puede ser superior o inferior.
Por ejemplo, puede que el valor de los bienes de la herencia que adquiera el heredero sean de 1 millón de euros, pero el precio en el que vende su derecho sea de 500.000 €, y de hecho es lógico ya que si la herencia es litigiosa o conflictiva, el que la compra se verá abocado a un proceso judicial por los derechos hereditarios que ha comprado por lo que es lógico que compré por un precio menor la valor total de los bienes que le corresponden al heredero.
Sin embargo si el heredero que vende declaró un valor a efectos de ISD y vende su derecho hereditario por un valor superior dicho incremento de valor tendrá su repercusión en IRPF.
En todo caso esa diferencia de valor tendrá trascendencia tanto en el heredero que vende como en el adquirente de los derechos hereditarios.
2.-Los impuestos para que el que compra la herencia
Asimismo, el adquirente del derecho hereditario tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por la adquisición de los derechos hereditarios, no por el valor declarado en la herencia, que sólo afecta la heredero.
El comprador tributará, por el precio de venta de los derechos hereditarios, sin perjuicio de la oportuna comprobación administrativa.

En resumen:
Los impuestos en la venta de herencia son dos:
1.- Para el que vende la herencia
- El Impuesto de Sucesiones
- El Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas
2.- Para el que la compra
- El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
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