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Heredar un coche

En caso de heredar un coche debes dar una serie de pasos ante la Dirección General de Tráfico y ante la compañía de seguros. Os explicamos los pasos principales a la hora de heredar un coche.

Heredar un coche. Es muy frecuente que entre los bienes de la herencia haya algún vehículo, que deberá adjudicarse a alguno de los herederos.

En caso de heredar un coche debes dar una serie de pasos ante la Dirección General de Tráfico y ante la compañía de seguros. Os explicamos los pasos principales a la hora de heredar un coche.

Lo primero que debes comprobar si hay testamento o no; también es importante cambiar el seguro si alguien va a conducir el vehículo antes de que se lleve a cabo la partición de la herencia.

Heredar un coche. ¿ Cómo heredo el coche de mi padre?, ¿puedo conducirlo antes de partir la herencia o no debemos utilizarlo?, ¿qué pasa si tengo un accidente con el coche antes de adjudicarlo? Lee este post y te lo contamos.🚗🚗🚗 Clic para tuitear

Heredar un coche si hay testamento

Si el difunto falleció con testamento puede ocurrir

A.- Que haya dispuesto del coche a favor de alguien en cuyo caso éste será el propietario que tendrá que hacer los trámites para regularizar su titularidad en tráfico

B.- No haya dejado el coche a nadie. En este caso todos los herederos serán dueños del coche hasta que no se lleve a cabo la partición de la herencia y se adjudique a alguien en concreto.

En ambos casos en el inventario de bienes de la herencia habrá que incluir el coche, llevando al notario el documento que acredita su titularidad (tarjeta verde) y adjudicarla al heredero que corresponda en la partición.

Heredar un coche si NO hay testamento

¿Qué ocurre, en cambio, si el difunto falleció sin hacer testamento? No hay problema, Habrá que dar los siguientes pasos:

1.-Tramitar la declaración de herederos abintestato para determinar quienes son los herederos.

2.-Una vez determinados quienes son los herederos, estos deberán aceptar o renuncia a la herencia

3.- Entre los herederos que acepten la herencia se harán la partición de la herencia y se adjudicarán los bienes.

4.- El heredero al que se adjudique el vehículo deberá llevar acabo los trámites ante la DGT para cambiar la titularidad del vehículo.

Heredar un coche

Custodia provisional del automóvil

Mientras no haya adjudicatario, la persona que tenga a su cargo la custodia provisional del vehículo deberá informar a Tráfico del fallecimiento, así como de sus propios datos personales, en un plazo de 90 días tras la muerte del titular.

Una vez se decida que heredero es el propietario del vehículo, este dispondrá de otros 90 días, para hacer el cambio de titularidad.

Si no se hace el cambio de dueño y se circula con el coche es posible que te multen ya que es un trámite obligatorio comunicar el cambio de titularidad.

¿Hay que pagar impuestos por heredar un coche?

La respuesta es SI. El vehículo deberá incluirse en el listado de bienes de la herencia al liquidar el modelo 660 y 650.

Pagará impuestos en función de los establecido para el Impuesto de Sucesiones en cada Comunidad Autónoma.

Trámites para heredar un coche

Tramites para heredar un coche antes de la adjudicación a un heredero

Como hemos dicho mientras no haya adjudicatario, la persona que tenga a su cargo la custodia provisional del vehículo deberá informar a Tráfico del fallecimiento, en un plazo de 90 días tras la muerte del titular.

La documentación que dicha persona debe presentar en la Jefatura es la siguiente:

  • Solicitud. El impreso es el mismo que el de cambio de titularidad.
  • Tasa (en 2021 55,15 €, excepto ciclomotores 27,57 €).
  • Documentos de identidad.
  • Certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste el fallecimiento.
  • Documento que acredite la posesión del vehículo.
  • Permiso o licencia de circulación.
  • Tarjeta ITV o Ficha Técnica del vehículo

Tráfico anotará en el Registro de Vehículos y en el permiso o licencia de circulación la expresión siguiente: “En poder, hasta su adjudicación hereditaria de….(nombre y apellidos del poseedor)”.

Tramites para heredar un coche tras la adjudicación a un heredero


El propietario definitivo del vehículo debe solicitar la transmisión definitiva del vehículo en el plazo de los 90 días siguientes a la fecha indicada en el documento que le acredite como dicho adjudicatario ( normalmente la escritura notarial de aceptación y adjudicación de herencia)

Deberás presentar ante la Jefatura de Tráfico la siguiente documentación:

  1. Presentar la liquidación o exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  2. Declaración de herederos, o testamento, acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
    NOTA: Si no se dispone de estos dos documentos (punto 1 y 2), se podrán sustituir por el impreso de Declaración Responsable solicitud Cambio Titularidad Fallecimiento Titular.
  3. Impreso de cambio de titularidad para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
  4. Pagar la Tasa (en 2021 55,15 €, excepto ciclomotores 27,57 €)
  5. Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso aportará factura.
  6. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.
  7. Permiso o licencia de circulación.
  8. Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.
  9. Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

Si el nuevo titular es Persona Física, tendrás que identificarte con:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
  • Extranjeros:
    • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).
    • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

Si el nuevo titular es Persona Jurídica deberá aportar:

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad.
  • En Menores de edad o incapacitados
    • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
    • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

El seguro en un coche heredado

1º.-Antes de la adjudicación del vehículo

Si se va a continuar circulando con el vehículo debe comunicarse a la compañía aseguradora, indicando quién será el depositario provisional que utilizará el coche.

Ello por cuanto el art 11 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro exige comunicar a ésta cualquier cambio importante en las circunstancias del contrato

2º.-Una vez adjudicado el vehículo a un heredero

Una vez adjudicado el coche debemos comunicarlo a la compañía de seguros.

La aseguradora podrá ofrecer aprovechar la parte de la prima no consumida para hacer un nuevo seguro con heredero nuevo titular. Éste deberá valorar si le interesa o no.

Si rechazas la oferta debes tener en cuenta que la no tiene obligación de devolverte el dinero que ya se haya pagado.


Heredo un coche y no lo quiero, ¿puedo renunciar a él?

No, la renuncia a la herencia nunca puede ser parcial, es decir, o aceptas todo o renuncias a todo. No obstante si quieres saber más sobre la renuncia a la herencia pincha el enlace.

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Written by María José Arcas-Sariot

Hola, mi nombre es María José Arcas-Sariot Jiménez y soy abogada especializada en Derecho de sucesiones desde 1997.
¡Bienvenido a mi blog especializado en Testamentos y Herencias!

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