El testamento vital en Andalucía, se entiende como el documento en el que una persona deja constancia escrita de su voluntad con relación a los tratamientos médicos a los que desea someterse o no, en caso de enfermedad, llegado el momento en que no pueda expresarse por sí misma.
También puedes decidir en él sobre el destino de tu cuerpo o de tus órganos una vez fallecido.
Suele también ser conocido como Documento de voluntades anticipadas.
Cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación sobre el Testamento Vital, si lo deseas PODEMOS AYUDARTE EN LA TRAMITACION DEL MISMO.
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Analizamos ahora el testamento vital en Andalucía.
Encargar a personas muy cercanas como responsables de que se cumpla su #testamento vital, puede resultar para ellos un sufrimiento añadido. Si quiere conocer las implicaciones del #testamento vital lee este post.??? Clic para tuitearEl testamento vital en Andalucía.
La Voluntad Vital Anticipada es el documento escrito que contiene las preferencias sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que deseas recibir para que se cumplan en el momento en que no tengas capacidad para expresarlas personalmente.
¿Quienes pueden otorgarlo?
En Andalucía, al igual que en resto de Comunidades Autónomas, pueden hacer testamento vital:
- Las personas mayores de edad.
- Las personas menores de edad emancipadas.
- Las personas incapacitadas judicialmente, siempre y cuando la sentencia de incapacitación no se lo impida específicamente.
También puedes escoger hasta dos personas de tu confianza, para que decidan por ti cuando estés en esa situación.
¿Qué documentación es necesaria?
Para otorgar tu testamento vital deberás llevar la siguiente documentación:
- Documento de identificación personal (DNI/NIE, Pasaporte).
- Declaración de Voluntad Vital Anticipada cumplimentada.
- Si decides nombrar representante/s y estos no permiten la consulta de sus datos a través del sistema de verificación de identidad, entonces tendrás que traer una copia compulsada del DNI de cada uno de ellos.
¿Dónde debo inscribir mi Testamento Vital?
En el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dependiente de la Consejería de Sanidad.
Además, a fin de asegurar que las Instrucciones Previas otorgadas por los pacientes sean conocidas en todo el territorio nacional, existe un Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), donde se depositan todos los documentos remitidos por los registros autonómicos.
De este modo aunque usted cambie de Comunidad Autónoma o le suceda algo fuera de su lugar de residencia, siempre constará el contenido de su testamento vital
An Andalucía ademas, puedes hacer la preinscripción on line, para ello sigue este ENLACE
En todo caso deberá solicitar una cita previa llamando al 902 50 50 60 u obtenerla por internet a través del portal de salud de la Junta de Andalucía.
¿Qué ocurre si no lo inscribo?
Si se dispone de dicho documento, usted, sus familiares o su representante legal deberán entregar dicho documento en el centro sanitario donde sea atendido para que se incorpore a su historia clínica.
¿Puedo cambiar o anular mi Testamento Vital?
Sí. Lo declarado en el documento de ultimas voluntades puede modificarse en cualquier momento.
Para ello, hay que volver a otorgar un nuevo documento, siguiendo el mismo procedimiento por el que se constituyó el anterior, que quedará sin efecto.
También se puede anular. En este caso, hay que tener la precaución de recuperar y destruir el documento original y todas las copias que se hayan entregado a las personas de confianza. Y es recomendable hacérselo saber a los testigos, en el caso de que los hubiese.

¿Qué aspectos puedo regular en mi testamento vital?
Puedo hacer constar situaciones o valores que para mi son importantes para mantener una vida digna, por ejemplo:
- Comunicarme de alguna forma con mi familia o amigos/as
- Tener un grado suficiente de consciencia para darme cuenta de las cosas
- Asearme por mi mismo/a
- Alimentarme sin necesidad de medidas artificiales
- Moverme con la menor ayuda posible
- Vivir sin necesidad de estar conectado permanentemente a máquinas de soporte vital
- Vivir con el menor dolor físico posible
- Ser cuidado en mi casa por las personas que me quieran
- Permanecer en mi domicilio durante los últimos días de mi vida
- También puede incluir frases como por ejemplo:
Además puede prever las situaciones clínicas en las que querrá que se aplique su testamento, por ejemplo:
- Daño cerebral severo o irreversible (coma irreversible, estado vegetativo permanente, estado de mínima consciencia).
- Enfermedad en situación terminal.
- Enfermedad en situación de agonía.
- Enfermedad degenerativa del sistema nervioso en fase avanzada.
- Enfermedad degenerativa del sistema neuromuscular en fase avanzada.
- Demencia de causa degenerativa en fase avanzada.
- Inmunodeficiencia en fase avanzada.
Tenga en cuenta que el testamento no se aplicará en situaciones agudas donde el tratamiento puede salvarle a usted la vida como por ejemplo un accidente de tráfico, un infarto etc., salvo que usted lo hubiese dispuesto asi expresamente.
La Declaración sólo se aplicaría en situaciones “graves e irreversibles”, donde las expectativas de recuperación son mínimas o inexistentes.
Además podrá dejar constancia de sus deseos si esta usted embarazada.
¿Qué NO puede incluirse en el Testamento Vital?
Hay que tener en cuenta que el personal sanitario:
- No puede llevar a cabo actuaciones que sean contrarias a la ley, como la eutanasia activa.
- Tampoco puede realizar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, esto es, al conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto.
- Deberá respetar las preferencias manifestadas, siempre y cuando sean acordes a su criterio profesional.
¿Cuándo se aplicará mi Voluntad Vital Anticipada?
Solo se aplicará cuando usted ya no pueda tomar decisiones.
Asi por ejemplo si esta inconsciente o en coma.
Mientras usted tenga un mínima capacidad para comunicarse el personal sanitario respetará siempre sus decisiones.

El contenido del testamento vital en Andalucía
La Declaración de Voluntad Vital Anticipada en Andalucía exige cumplimentar varios documentos, llamados Anexos y que deben llevarse al registro.
El contenido de estos Anexos es los siguientes:
Anexo I: Inscripción en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas deAndalucía
Este documento no es más que una “instancia administrativa” mediante la que usted solicita que su Declaración sea inscrita en el Registro.
Anexo II: Declaración de Voluntad Vital Anticipada
En este documento usted expresa sus deseos y preferencias para el momento en el que no pueda expresarlas por si mismo.
Se compone de 6 apartados y no tiene que rellenarlos todos.
En el podrá disponer:
- Los valores que usted desea que se tengan en cuenta al tomar decisiones sanitarias sobre su persona.
- Las situaciones clínicas en las que usted quiere que se aplique este documento.
- Las actuaciones sanitarias que usted desea que se hagan o no.
- Sus preferencias respecto a la donación de órganos y tejidos.
- Otras consideraciones y preferencias que usted desea establecer.
- Permite la designación de un/a representante.
Para descargar los Anexos y saber mas sobre ellos sigue este enlace.
¿Qué normativa regula el testamento vital en Andalucía?
El testamento vital No es una forma de testamento No regulada por nuestro Derecho Civil al contrario de lo que mucha gente piensa.
La normativa que lo regula es la siguiente:
Ley 5/2003, de 9 de octubre, de Declaración de Voluntad Vital Anticipada
Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantias de la Dignidad en el Proceso de la Muerte
Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía
Mi consejo como abogada experta en herencias sobre el testamento vital en Andalucía.
¿Qué consejos les doy desde mi experiencia antes de hacer este testamento?
1.- El primero y fundamental, elija bien a las personas que serán responsables de que se cumpla su testamento vital, le recomiendo no sean muy cercanas, pues en momentos dramáticos puede resultar para ellos un sufrimiento añadido. En todo caso hablen con ellos antes sobre el testamento
2.-Les recomiendo que antes de hacer un documento de voluntades anticipadas lea detenidamente el documento y comprenda con claridad el alcance de cada una de las casillas que marque.
3.-Pida consejo a los facultativos médicos sobre las posibles consecuencias de su decisión.
4.-También es conveniente que mantenga una conversación sobre sus deseos al final de la vida con su médico, así como con las personas y familia con quien usted mantenga unas relaciones significativas.
5.-No olvide que la muerte forma parte de la vida y que solo usted tiene derecho a decidir como llegar a ese momento con dignidad.