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Diferencia entre donación colacionable y no colacionable

Donar bienes en vida a unos hijos no significa que sus hermanos no tengan derecho a recibir su herencia. Te explicamos la diferencia entre onación colacionable y no colacionable en la herencia

Diferencia entre donacion colacionable y no colacionable. En ocasiones los padres quieren favorecer a unos hijos o descendientes con respecto a otros, para ello les hacen donaciones en vida.

Al hacer una donación debemos tener en cuenta que no siempre es mejor donar que dejar en herencia. La donación suele tener un mayor coste fiscal sobre todo en algunas Comunidades Autónomas

Si quieres saber mas sobre los impuestos de la donación pincha el enlace.

Pero es que además, el hecho de donar a unos hijos bienes en vida no significa que sus hermanos no tengan derecho a recibir su herencia ya que como hemos explicado en anteriores entradas hay una porción de bienes que por ley debe reservare a los herederos forzosos

Diferencia entre donación colacionable y no colacionable. Donar bienes en vida a unos hijos no significa que sus hermanos no tengan derecho a recibir su herencia. Te explicamos la diferencia entre onación colacionable y no colacionable… Clic para tuitear

Diferencia entre donacion colacionable y no colacionable

Aunque el difunto haga donaciones en vida, estás luego deben sumarse a la herencia para comprobar que no perjudican a la legítima de los herederos forzosos.

 ¿Cómo se suman a la herencia?

Mediante dos operaciones la computación y la imputación.

¿Qué es la computación de la legítima?

Es la valoración del haber hereditario y de las donaciones hechas por el causante. Se regula en el art 818 del Código Civil que dispone:

Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento.

Al valor líquido de los bienes se agregarña el de las donaciones colacionables

Art 818 CC

Para calcular el caudal hereditario, al valor de los bienes hereditarios hay que añadir por tanto el de las donaciones que el causante hizo en vida.

Esta cuestión es de suma importancia pues tiene por objeto evitar que el causante burle los derechos de los legitimarios haciendo donaciones en vida.

De modo que si el fallecido ha donado alguno de sus bienes antes de morir, por ejemplo a uno de sus hijos para no dejar nada a otro, no por ello perjudica la legítima, porque se sumará el valor de los bienes donados a la herencia y como ahora veremos se deducirá de su parte.

La imputación de la legítima

Para calcular la legítima, hay que imputar las donaciones, es decir colocar los bienes recibidos en el tercio que corresponda y es aquí donde se encuentra le diferencia entre donacion colacionable y no colacionable

¿Qué diferencia hay entre una donación colacionable y no colacionable?

Diferencia entre donación colacionable y no colacionable

➡️ Si la donación en vida es colacionable, significará que ha sido puramente un adelanto de la herencia.

Por ello, en el momento del reparto de la herencia, al receptor se le restará la donación recibida de la parte total de la herencia que le corresponde.

Se imputará por tanto en primer lugar al pago de su legítima.

Así se deduce del art 1035 del Código Civil que establece:

El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición.

➡️ Por otro lado, si la donación es no colacionable, se entiende que se realizó esa donación en su momento con el fin de simplemente favorecer al donatario.

Por tanto recibirá mayor porción de la herencia ya que la donación se imputará antes al tercio libre y al de mejora ( en este caso si asi lo dispuso el causante)

Pero ojo, existe una excepción: se le restará esa parte si la donación perjudica la legítima del resto de herederos forzosos.

Diferencia entre donación colacionable y no colacionable

Cómo hacer que una donación no sea colacionable

Para que una donación no sea colacionable debe hacerse constar así en el testamento o en la escritura de donación mediante la dispensa de colación.

La colación de donaciones es una figura jurídica cuya función es precisamente la protección de las legítimas.

Se regula en el art 1035 del Código Civil como hemos visto.

Ahora bien el art 1036 del Código Civil contempla una excepción, la donación con dispensa de colación.

El causante puede dispensar de la obligación de colacionar pues lo permite el art 1036 del Código Civil, al decir:

La colación no tendrá lugar entre los herederos forzosos si el donante así lo hubiese dispuesto expresamente o si el donatario repudiare la herencia, salvo el caso en que la donación deba reducirse por inoficiosa.

Art 1036 Código Civil

¿Quiere esto decir que el causante puede evitar la colación?

Relativamente, ya que si hay dispensa de colación, ello implica que la donación SI se sumará a la herencia pero se imputará en los tercios de libre disposición y mejora y se reducirá si perjudica la legítima y el que recibió la donación en vida recibirá mas porcentaje de la herencia que sus hermanos.

Diferencia entre donación colacionable y no colacionable

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Written by María José Arcas-Sariot

Hola, mi nombre es María José Arcas-Sariot Jiménez y soy abogada especializada en Derecho de sucesiones desde 1997.
¡Bienvenido a mi blog especializado en Testamentos y Herencias!

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