Hoy os explicamos cómo se divide una herencia. A veces la gente cree que puede disponer de sus bienes cuando muera como quiera, y esto en nuestro Derecho Civil Común no es así.
No es así porque en nuestro derecho existe lo que se llama “legítima”.
La legítima es una porción de los bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer en ningún caso, porque la ley la reserva a determinados herederos que se llaman herederos forzosos o legitimarios.
Así que si usted pensaba que podía dejar todos sus bienes a su hijo mas bueno, o a su esposa, olvídese porque hay límites a su libertad de testar o dejar testamento.
¿Cómo se divide una herencia?
En principio el reparto de una herencia vendrá dado por la voluntad de la persona fallecida, expresada en el testamento, pero esta no es totalmente libre.
¿Cómo dividimos la herencia entonces?
El Derecho Civil Común (Código Civil) establece la división de la herencia en TRES PARTES:
- Tercio de Legítima estricta
- Tercio de Mejora
- Tercio de Libre disposición
El tercio de legítima estricta y el de mejora suman lo que se llama la legítima larga.
Hay que tener en cuenta las diferentes excepciones que aparecen en los derechos forales.

1. La legítima estricta o tercio de legítima.
Para ver cómo se divide una herencia debemos tener en cuenta que siempre hay que respetar la legítima.
La legítima, supone una tercera parte del total de la herencia y se reparte entre los descendientes a partes iguales. Art 808 del Código Civil
Si alguno de ellos ha fallecido, con anterioridad heredarán sus descendientes por derecho de representación, a partes iguales.
No obstante la cuantía de la legítima estricta varía en función de quienes sean los legitimarios. Si quieres saber mas sobre ella síguenos, hablaremos de ello en próximos posts, o realiza tu consulta en los comentarios de este post, las iremos resolviendo todas.
¿Sabías que la herencia se divide en 3 tercios? #Legítima #Tercio de Mejora y #Libre Disposición. ¿A quién se destina cada una?, lo puedes leer en este post Clic para tuitear2. El tercio de mejora.
El tercio de mejora se debe repartir entre hijos y descendientes pero no necesariamente a partes iguales. Art 823 del Código Civil
Se puede beneficiar a unos hijos o descendientes frente a otros.
No puede atribuirse a terceros.
Si no hay testamento, o éste no dice nada al respecto, el tercio de mejora se suma a la legítima y se reparte a partes iguales entre los hijos y descendientes.
Es decir, con la mejora podemos beneficiar a un hijo o nieto que haya sido mas bueno que los demás, o bien que tenga algún tipo de incapacidad y necesite mas ayuda y protección, o simplemente porque nos apetece.
Pero habrán de ser necesariamente hijos o descendientes.
No debemos olvidar que sobre este tercio se proyecta el usufructo del cónyuge viudo.
Es decir, el cónyuge sobreviviente tiene siempre derecho al usufructo del tercio de mejora, porque es la porción de legítima que la ley tiene prevista para él.

3. El tercio de libre disposición
El testador puede dejár el tercio de libre disposición a quien quiera (puede ser otro heredero o un extraño). Sobre esta parte puede decidir con absoluta libertad.
Al igual que sucedía con la mejora, en caso de no haber testamento que especifique a quién se cede el tercio de libre disposición, este pasaría a los herederos de la legítima.
Pero en definitiva, la única parte de la que realmente puede disponer el testador libremente es del tercio de libre disposición
Puede dejarlo a su perro, a las hermanitas de la caridad o hacer lo que quiera, pero únicamente respecto de este tercio tiene libertad real para disponer de él a favor de quien quiera.
Mi conclusión como experta en Herencias
Se que esta información puede sorprender, pero es tal y como os la he contado, tener claro estos conceptos puede evitar problemas en el futuro
¿Sabías que por unos 100€, dependiendo de tus bienes, puedes hacer tu testamento y organizarlo como quieras? En este otro artículo hablamos de cuánto te puede costar hacer testamento.
Fotos: Analise Benevides | Allen Taylor
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