in , ,

Características del testamento

El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos, pero debe reunir unos requisitos para ser válido

Características del testamento. El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos, pero debe reunir unos requisitos para ser válido.

El testamento, la mayoría de la veces, será el documento donde las personas designan quiénes van a ser sus herederos y cómo quieren repartir sus bienes entre ellos.

¿Qué características tiene el testamento?, ¿cómo debemos hacerlo para sea válido?, ¿puedo modificarlo?. Lee este post y te lo contamos. 🤔🤔🤔 Clic para tuitear

¿Cuáles son las características del testamento?

El testamento para ser válido debe tener una seria de características. Las vemos a continuación:

1.- El testamento es un acto personalísimo.

Es decir, nadie puede hacer testamento por mi, ni modificar mi testamento.

Es característica del testamento que solo puede ser hecho por el testador, excepción hecha de los supuestos de fiducia sucesoria u ordenación de la sucesión por comisario en los territorios con derecho civil especial o foral

Así lo dispone el art 670 del Código Civil al decir:

El testamento es un acto personalísimo: no podrá dejarse su formación, en todo ni en parte, al arbitrio de un tercero, ni hacerse por medio de comisario o mandatario.

Tampoco podrá dejarse al arbitrio de un tercero la subsistencia del nombramiento de herederos o legatarios, ni la designación de las porciones en que hayan de suceder cuando sean instituidos nominalmente.

Artículo 670 CC

Solo hay una excepción a esta regla, es la llamada sustitución pupilar o ejemplar. Este nombre tan raro del que ya os he hablado indica la posibilidad de que los ascendientes hagan testamento por sus hijos menores de 14 años o incapacitados. Se regula en los art 775 y siguientes del Código Civil

Es aquella por la que los padres y demás ascendientes pueden nombrar sustitutos para sus descendientes, menores de 14 años para el caso de morir antes de que cumplan dicha edad.

Igualmente el ascendiente puede nombrar sustituto para el descendiente mayor de 14 años que, conforme a derecho, haya sido declarado incapaz por enajenación mental. 

En opinión del Tribunal Supremo, estas sustituciones, son un verdadero testamento del menor de 14 años o del descendiente incapaz pero otorgado por el ascendiente, así lo considera la mayoría de la jurisprudencia y sostenida por el Tribunal Supremo, sentencias de 26-06-97, 07-11-08, 14-04-11.

2.- El testamento es un acto mortis causa

Es decir, el testamento SOLO producirá efectos cuando muera el testador. Por eso para localizar el testamento, es imprescindible tener el certificado de defunción del causante.

Tampoco podremos localizar el testamento de una persona viva, sólo ella puede hacerlo.

3.- El testamento es un acto unipersonal

Cada testamento debe ser otorgado por un solo testador.

No pueden testar dos personas a la vez ni mancomunadamente, salvo lo dispuesto para los testamentos mancomunados o de hermandad en Galicia, País Vasco, Navarra y Aragón.

Ni siquiera en el testamento de los esposos “del uno para el otro“, será necesario que cada uno haga el suyo.

4.- El testamento es un acto unilateral

Es decir para que sea eficaz no es necesario que sea recibido o aceptado por ninguna persona. Esta idea se puede observar en la TS, Sala de lo Civil, nº 325/2010, de 31/05/2010, Rec. 1697/2006.

5.- El testamento es un acto solemne

Es decir el testamento para que sea válido debe hacerse en alguna de las formas de testar recogidas por la ley. De lo contrario SERA NULO y no producirá efecto alguno.

Si quieres saber mas sobre las clases de testamento y sus formalidades para que sea válido, o sobre el testamento nulo pincha los enlaces.

6.- El testamento es un acto revocable

Otra característica del testamento es ser revocable, es decir el testador puede cambiarlo en cualquier momento, incluso aunque exprese su voluntad de no revocarlo.

Si quieres saber mas sobre cómo revocar un testamento pincha el enlace.

Además precisamente por ser un acto personalísimo, ninguna persona puede modificar el testamento de otra.

Características del testamento

Mi consejo como abogada experta en herencias.

Si quieres hacer testamento busca asesoramiento previo o de lo contrario el testamento puede acabar siendo nulo y no producir efectos.

Para saber mas sobre el testamento, lee este post: ¿Qué es un testamento y para que se utiliza?

De cualquier modo si quieres conocer las formas de testamento mas frecuentes, sigue los enlaces:

¿Te ha gustado el artículo?

Written by María José Arcas-Sariot

Hola, mi nombre es María José Arcas-Sariot Jiménez y soy abogada especializada en Derecho de sucesiones desde 1997.
¡Bienvenido a mi blog especializado en Testamentos y Herencias!

2 Comments

Leave a Reply

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: María José Arcas-Sariot Jiménez.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Siteground que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Reducción de donaciones inoficiosas

Reducción de donaciones inoficiosas

Impuestos de la donación

Impuestos de la donación